¿Qué es el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables en España?
El 1 de enero de 2023, entró en vigor en España un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reciclables.
La nueva Ley de residuos y suelos contaminados 7/2022 del 8 de abril de 2022 tiene como objetivo establecer los principios de la economía circular, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y a la protección del medio ambiente marino.
Este nuevo impuesto español sobre los plásticos es un tributo único e indirecto cuyo hecho imponible es la importación, la producción y las adquisiciones intracomunitarias de envases de plástico no reciclables y no reutilizables.
¿Quién es el sujeto pasivo de este impuesto?
Si fabricás, realizás adquisiciones intracomunitarias o importás en España envases de plástico no reciclables, ¡este nuevo impuesto te afecta!
Las empresas que realizan adquisiciones intracomunitarias y/o importaciones en España de envases de plástico no reciclables o de mercancías embaladas con envases de plástico no reciclables pueden estar sujetas al impuesto sobre los envases de plástico no reciclables.
¿Qué productos están alcanzados?
Envases de plástico no reutilizables,
Productos semielaborados de plástico que se usarán para crear envases no reutilizables,
Productos de plástico destinados a cerrar, intercambiar o exponer envases no reutilizables.
¿Cuáles son las obligaciones?
Los contribuyentes que no están establecidos en España deben designar un representante. Deben estar registrados ante la administración fiscal española en relación con sus obligaciones respecto a este impuesto, antes de la primera operación.
Existe la obligación de llevar un registro contable según un formato establecido por la administración. La gestión se realiza en línea en el sitio web de la administración.
¿Cuál es la base imponible y la alícuota?
La base imponible se compone de la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos. El tipo impositivo se fija en 0,45 euros por kilogramo.
Ejemplos significativos
Una empresa dispone de 62 kg de envases no reutilizables (puros).
Base imponible: 62 kg Importe a pagar: 62 kg x 0,45 € = 27,9€
Una empresa dispone de 125 kg de productos semielaborados (80% reciclados y 20% no reciclados).
Base imponible: 20% del total (125 kg) Importe a pagar: 20% x 0,45 € = 0,09 €/kg = 11,25€
¿Qué productos quedan exentos?
En algunos casos y bajo ciertas condiciones, es posible solicitar el reembolso del impuesto ante la administración española, en particular para productos que están exentos, tales como por ejemplo:
Productos sanitarios
Productos destinados a envases para medicamentos o productos sanitarios
Productos exportados
Productos que han sido importados en España y luego reexpedidos fuera del territorio español
Productos reutilizables
Productos diseñados, concebidos y comercializados para ser rellenados o reutilizados
¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento de estas obligaciones?
Las sanciones previstas por la legislación española se aplican en caso de falta de registro y en caso de no designación de un representante en España:
Entre el 50% y el 150% del importe de los pagos del impuesto que no se hubiera abonado, incrementado en un 25% en caso de reincidencia de infracciones fiscales, con un importe mínimo de 1.000 euros.
Se aplica una multa fija de 75 euros por cada factura o certificado emitido con la consignación errónea de los datos obligatorios en el marco de ventas o entregas de productos sujetos al impuesto dentro del ámbito territorial del mismo.
En caso de ausencia de registro contable, una multa del 1% del INCN (Importe neto de la cifra de negocios) del ejercicio al que se refiere la infracción, con un mínimo de 600 euros.
Tus problemáticas y nuestras soluciones
Tus problemáticas
No conocés las reglas de este nuevo impuesto en España
Querés ganar tiempo y delegar la gestión y el trámite de este nuevo impuesto
Tenés que ponerte en cumplimiento con la AFIP española
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Nuestras soluciones
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¿Qué puede hacer ASD Group por vos?
01
Designación de un representante
Para las empresas no establecidas en España, nos encargamos de la inscripción en el registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables antes de que tu actividad comience.
02
Armado del expediente
Gestión integral del expediente para preparar la declaración del impuesto sobre los envases de plástico no reciclables.
03
Trámites de inscripción
Presentación de las declaraciones mensuales o trimestrales y liquidación del impuesto ante la administración fiscal española.
04
Asistencia
Asistencia y seguimiento de las declaraciones.
¿Por qué recurrir a ASD Group?
Presencia en España
Nuestra agencia en España existe desde 2004 y es el interlocutor de confianza de la administración fiscal española desde hace más de 20 años.
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Herramientas informáticas específicas desarrolladas internamente que permiten el control y una gestión electrónica de los datos, recordatorios de fechas límite…
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No te arriesgues, confía tu impuesto español sobre los envases de plástico no reutilizables a nuestros expertos y concentráte en tu actividad.
Los conceptos a recordar
Si la actividad de tu empresa se limita a vender a clientes españoles directamente desde Francia y no realizás adquisiciones intracomunitarias en España, no estarás sujeto.
Tus clientes españoles te pedirán que especifiques en cada factura el peso de los envases de plástico no reciclable utilizados, ya que deberán pagar el impuesto al ingresar las mercancías en España.
Las declaraciones fiscales que deben presentarse seguirán un régimen muy similar al de las declaraciones de IVA, pudiendo ser mensuales o trimestrales.
No sujeción: fabricación de productos que forman parte del alcance objetivo, pero que han quedado obsoletos o han sido destruidos, por ejemplo. Otros casos de exención son los envases de medicamentos o de dispositivos médicos, entre otros.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto
Estas son las respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes sobre el nuevo impuesto español sobre los envases de plástico no reutilizables. No dudes en contactar a nuestros expertos si tenés otras preguntas.
Si sos un contribuyente no establecido en el territorio español, estás obligado a designar un representante ante la administración fiscal en lo que respecta a tus obligaciones para este impuesto. Esta designación debe realizarse antes de la realización de la primera operación imponible.
Si sos un fabricante de productos incluidos en el ámbito de aplicación del impuesto, debés llevar una contabilidad de los productos fabricados. Si sos un comprador intracomunitario de productos incluidos en el ámbito de aplicación, debés llevar un registro de stock.
Durante la fabricación o las adquisiciones intracomunitarias de productos gravados, los contribuyentes están obligados a presentar una declaración fiscal que incluya las cuotas debidas y a efectuar el pago del impuesto. Los períodos de declaración pueden ser mensuales o trimestrales, en función del período de declaración del IVA.
Un envase de plástico se considera reutilizable si ha sido diseñado, fabricado y comercializado para realizar varios ciclos distintos o para ser rellenado o reutilizado con el mismo objetivo para el cual fue concebido o fabricado.
Sí, según el artículo 78.Dos. 4º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido, se incluyen en el concepto de contraprestación y, por tanto, forman parte de la base imponible del impuesto: “Los impuestos y gravámenes de cualquier naturaleza que recaigan sobre las mismas operaciones gravadas, con excepción del propio Impuesto sobre el Valor Añadido. Se incluyen todos los impuestos especiales que recaigan sobre los bienes que sean objeto de las operaciones gravadas, con excepción del impuesto especial sobre determinados medios de transporte”.
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