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Impuesto sobre envases de plástico no reciclables en España: ¡confía su gestión y tratamiento a expertos!
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¿Qué es el impuesto sobre envases de plástico no retornables en España?
El 1 de enero de 2023 entró en vigor en España un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reciclables.
La nueva Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados, de 8 de abril de 2022, pretende establecer los principios de la economía circular, así como contribuir a la lucha contra el cambio climático y a la protección del medio marino.
Este nuevo impuesto español sobre los plásticos es un impuesto único indirecto cuyo hecho generador es la importación, producción y adquisiciones intracomunitarias de envases de plástico no reciclables y no reutilizables.
¿Quién es el sujeto pasivo de este impuesto?
Si fabrica, realiza adquisiciones intracomunitarias o importa a España envases de plástico no reciclables, ¡este nuevo impuesto le afecta!
Las empresas que realicen adquisiciones intracomunitarias y/o importaciones en España de envases de plástico no reciclables o de bienes envasados con envases de plástico no reciclables podrán estar sujetas al Impuesto sobre Envases de Plástico no Reciclables.
¿Qué productos están afectados?
Envases de plástico no reutilizables,
Productos semiacabados de plástico que se utilizarán para crear envases no rellenables,
Productos de plástico destinados a ser utilizados para cerrar, intercambiar o exponer envases no rellenables.
¿Cuáles son las obligaciones?
Los contribuyentes no establecidos en España deben designar un representante. Deben darse de alta en las autoridades fiscales españolas con respecto a sus obligaciones relativas a este impuesto, antes de la primera transacción.
Obligación de llevar un registro contable según un formato establecido por la administración. La gestión se realiza en línea en el sitio web de la administración.
¿Cuál es la base imponible y el tipo impositivo?
La base imponible está constituida por la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos. El tipo impositivo se fija en 0,45 euros por kilogramo.
Ejemplos destacados
Una empresa tiene 62 kg de envases no reutilizables (puros).
Base imponible: 62kg
Contribución a pagar: 62 kg x 0,45 euros = 27,9 euros
Una empresa dispone de 125 kg de productos semiacabados (80% reciclados y 20% no reciclados).
Base imponible: 20% del total (125kg)
Contribución a pagar: 20% x 0,45 euros = 0,09 euros/kg = 11,25 euros
¿Qué productos quedan exentos?
En determinados casos y bajo ciertas condiciones, es posible solicitar la devolución del impuesto a la administración española, especialmente en el caso de productos exentos de impuestos como
Productos sanitarios
Productos destinados al envasado de medicamentos o productos sanitarios
Productos exportados
Productos que han sido importados en España y luego devueltos fuera del territorio español
Productos reutilizables
Productos diseñados, concebidos y comercializados para ser rellenados o reutilizados
¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento de estas obligaciones?
Las sanciones previstas en la legislación española por no registrarse y por no designar un representante en España son las siguientes
Entre el 50% y el 150% del importe de las cuotas tributarias que se hubieran dejado de ingresar, incrementado en un 25% en caso de reincidencia con un importe mínimo de 1.000 euros.
Se impone una multa a tanto alzado de 75 euros por cada factura o certificado emitido con la consignación errónea de datos obligatorios con ocasión de ventas o entregas de productos sujetos al impuesto en el ámbito territorial del mismo.
En caso de ausencia de registro contable, multa del 1% del INCN (Importe neto de la cifra de negocios) del ejercicio al que se refiera la infracción, con un mínimo de 600 euros.
Sus necesidades y nuestras soluciones
Sus necesidades
No conoce las normas de este nuevo impuesto en España
Quiere ahorrar tiempo y delegar la gestión y tramitación de este nuevo impuesto
Debe cumplir con las autoridades fiscales españolas.
Debe evitar sanciones y multas
Tienes que centrarte en tu negocio
Nuestras soluciones
Obtener un registro fiscal en España sin crear un establecimiento permanente
Asegure el cumplimiento de este nuevo impuesto en España y la tramitación de las declaraciones fiscales
Un equipo de expertos fiscales españoles con sede en España a su servicio
¿Qué puede hacer ASD Group por usted?
01
Nombramiento de un representante
Para las empresas no establecidas en España, nos encargamos de la inscripción en el registro territorial del impuesto especial sobre envases de plástico no rellenables antes del inicio de su actividad.
02
Elaboración del expediente
Nos hacemos cargo de todo el expediente para preparar la declaración del impuesto sobre envases de plástico no reciclables.
03
Trámites de registro
Presentamos por Ud las declaraciones mensuales o trimestrales y liquidamos por Ud los impuestos con las autoridades fiscales españolas.
04
Assistance
Asistencia y seguimiento de las declaraciones.
¿Por qué recurrir a ASD Group?
Presencia en España
Nuestra oficina en España existe desde 2004 y es el contacto de confianza de las autoridades fiscales españolas desde hace más de 20 años.
Equipo de expertos
Un equipo de expertos fiscales con sede en España a su servicio.
Herramientas
Herramientas informáticas específicas desarrolladas internamente que permiten el control y la gestión electrónica de datos, recordatorios de plazos, etc.
Garantía
Una garantía para la calidad del trabajo y la seguridad de sus declaraciones.
Tranquilidad de espíritu
No corra riesgos, deje el impuesto español sobre envases de plástico no retornables en manos de nuestros expertos y concéntrese en su negocio.
Los conceptos que hay que recordar
Si la actividad de su empresa se limita a vender a clientes españoles directamente desde Francia y si no realiza adquisiciones intracomunitarias en España, no tributará.
Sus clientes españoles le pedirán que especifique en cada factura el peso de los envases de plástico no reciclables utilizados, ya que tendrán que pagar el impuesto cuando la mercancía entre en España.
Las declaraciones tributarias a presentar seguirán un régimen muy similar a las presentadas en el IVA, pudiendo ser mensuales o trimestrales.
No imposición: fabricación de productos que forman parte del ámbito objetivo, pero que han quedado obsoletos o han sido destruidos, por ejemplo. Otros casos de exención son los envases para medicamentos o productos sanitarios, entre otros.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto
He aquí las respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes sobre el nuevo impuesto español sobre envases de plástico no retornables.
No dude en ponerse en contacto con nuestros expertos si tiene más preguntas.
Si usted es un contribuyente no establecido en territorio español, está obligado a designar un representante ante la Administración tributaria en relación con sus obligaciones por este impuesto. Este nombramiento debe efectuarse antes de realizar la primera operación imponible.
Al fabricar o efectuar adquisiciones intracomunitarias de productos imponibles, los sujetos pasivos están obligados a presentar una declaración que incluya las bonificaciones debidas y a pagar el impuesto.
Los periodos de declaración pueden ser mensuales o trimestrales, en función del periodo de declaración del IVA.
Los envases de plástico se consideran reutilizables si han sido diseñados, fabricados y vendidos para ser utilizados con distintos fines o para ser rellenados o reutilizados con el mismo fin para el que fueron diseñados o fabricados.
Sí, según el artículo 78. Dos. 4º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, están incluidos en el concepto de contraprestación y, por tanto, forman parte de la base imponible, los siguientes:
«Los tributos e impuestos de cualquier naturaleza que recaigan sobre las mismas operaciones gravadas, con excepción del propio Impuesto sobre el Valor Añadido. Se incluyen todos los impuestos especiales que graven los bienes objeto de las operaciones gravadas, con excepción del impuesto especial sobre determinados medios de transporte».
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