A partir del 1 de enero de 2027, Eslovaquia implementará la facturación electrónica obligatoria para determinadas operaciones nacionales entre empresas (B2B) y con el sector público (B2G). ¿Pero todas las empresas extranjeras estarán alcanzadas?

¿Qué obligaciones tienen las empresas extranjeras inscriptas al IVA en Eslovaquia?

La inscripción al IVA en Eslovaquia no alcanza, por sí sola, para someter a una empresa extranjera a la obligación de facturación electrónica.

Del 1 de enero de 2027 al 30 de junio de 2030, la obligación de emisión alcanzará a las empresas establecidas en Eslovaquia y a determinadas operaciones nacionales. Una empresa extranjera registrada de conformidad con el artículo 5 de la ley eslovaca del IVA1 no estará, por lo tanto, obligada, únicamente por su inscripción, a emitir facturas electrónicas ni a organizar su recepción a través de una plataforma autorizada.

SituaciónPrincipio aplicable
Empresa extranjera inscripta al IVA en EslovaquiaLa inscripción sola no dispara automáticamente la obligación de emisión.
Proveedor extranjero que factura a una empresa eslovacaLa factura no queda automáticamente alcanzada por el dispositivo nacional obligatorio.
Empresa eslovaca que factura a un cliente extranjeroLa obligación depende, en particular, del ámbito de aplicación de la normativa y de la operación.

Durante este período transitorio, la reforma alcanzará principalmente las operaciones nacionales realizadas en Eslovaquia. Los intercambios transfronterizos se tratarán en una etapa posterior de la digitalización europea del IVA.

¿Será posible la facturación electrónica hacia el exterior?

En su primera fase, el sistema eFaktúra2 está pensado para los intercambios de facturas3 en Eslovaquia. A partir de 2027, la obligación se aplicará a las operaciones nacionales alcanzadas por la reforma.

Para las facturas intercambiadas entre empresas establecidas en distintos países de la Unión Europea (facturación electrónica transfronteriza), se prevé una evolución en el marco de ViDA (VAT in the Digital Age) (en inglés), la iniciativa europea de modernización del IVA. Según el calendario actual, esta etapa debería concretarse a partir de 2030.

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Fuentes:

  1. https://www.slov-lex.sk/ezbierky-fe/pravne-predpisy/SK/ZZ/2004/222/?ucinnost=01.01.2027 (en eslovaco) ↩︎
  2. https://www.financnasprava.sk/sk/podnikatelia/dane/dan-z-pridanej-hodnoty/e-faktura (en eslovaco) ↩︎
  3. https://www.financnasprava.sk/sk/podnikatelia/dane/dan-z-pridanej-hodnoty/vyhotovovanie-faktur (en eslovaco) ↩︎