A partir del 1 de enero de 2027, Eslovaquia implantará la facturación electrónica obligatoria para determinadas operaciones nacionales entre empresas (B2B) y con el sector público (B2G). Pero, ¿te afecta si eres una empresa extranjera?

¿Qué obligaciones tienes como empresa extranjera registrada a efectos del IVA en Eslovaquia?

El simple registro a efectos del IVA en Eslovaquia no basta, por sí solo, para someter a una empresa extranjera a la obligación de facturación electrónica.

Del 1 de enero de 2027 al 30 de junio de 2030, la obligación de emisión afectará a las empresas establecidas en Eslovaquia y a determinadas operaciones nacionales. Por tanto, una empresa extranjera registrada conforme al artículo 5 de la ley eslovaca del IVA1 no estará obligada, únicamente por su registro, a emitir facturas electrónicas ni a organizar su recepción a través de una plataforma homologada.

SituaciónPrincipio aplicable
Empresa extranjera registrada a efectos del IVA en EslovaquiaEl registro por sí solo no activa automáticamente la obligación de emisión.
Proveedor extranjero que factura a una empresa eslovacaLa factura no queda automáticamente sujeta al sistema nacional obligatorio.
Empresa eslovaca que factura a un cliente extranjeroLa obligación depende, en particular, del ámbito de aplicación de la normativa y de la operación.

Durante este período transitorio, la reforma afectará principalmente a las operaciones nacionales realizadas en Eslovaquia. Los intercambios transfronterizos se abordarán en una fase posterior de la digitalización europea del IVA.

¿Será posible la facturación electrónica hacia el extranjero?

En su primera fase, el sistema eFaktúra2 está concebido para el intercambio de facturas3 en Eslovaquia. A partir de 2027, la obligación se aplicará a las operaciones nacionales afectadas por la reforma.

Para las facturas intercambiadas entre empresas establecidas en distintos países de la Unión Europea (facturación electrónica transfronteriza), se prevé una evolución en el marco de ViDA (VAT in the Digital Age) (en inglés), la iniciativa europea de modernización del IVA. Según el calendario actual, esta fase debe comenzar a partir de 2030.

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Fuentes:

  1. https://www.slov-lex.sk/ezbierky-fe/pravne-predpisy/SK/ZZ/2004/222/?ucinnost=01.01.2027 (en eslovaco) ↩︎
  2. https://www.financnasprava.sk/sk/podnikatelia/dane/dan-z-pridanej-hodnoty/e-faktura (en eslovaco) ↩︎
  3. https://www.financnasprava.sk/sk/podnikatelia/dane/dan-z-pridanej-hodnoty/vyhotovovanie-faktur (en eslovaco) ↩︎