Las empresas de la Unión Europea (UE) pueden obtener suspensiones temporales de derechos de aduana para materias primas o productos semiacabados que entran en la fabricación de productos acabados, para los cuales no existe producción dentro de la UE.
Si usted es productor de un producto idéntico, equivalente o de sustitución, puede oponerse a la entrada en vigor de esta medida enviando un formulario de objeción debidamente cumplimentado en francés y en inglés a la oficina de política arancelaria y comercial (COMINT3) de la Dirección General de Aduanas.
Dadas las exigencias del calendario de reuniones en Bruselas, las objeciones deben enviarse a la oficina COMINT3:
- a más tardar el 6 de noviembre: para las suspensiones y cuotas ya en vigor.
- a más tardar el 6 de diciembre: para las nuevas solicitudes o las solicitudes de modificación de medidas existentes.
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Fuente: ASD Group