Las sociedades de venta a distancia pueden vender a personas que no tengan la condición de sujeto pasivo en los 28 países miembros de la Unión Europea aplicando su tipo de IVA nacional hasta alcanzar un umbral definido por el país de destino. El umbral corresponde al importe del volumen de negocio de las ventas a distancia realizado en un año en el país de destino. Ejemplo: la sociedad A radicada en Francia vende joyas de fantasía en su sitio web a particulares belgas. Si su volumen de negocio anual, impuestos no incluidos, en Bélgica es inferior a 35.000 €, la sociedad factura con el tipo de IVA francés. Si se rebasa dicho umbral, factura con el tipo de IVA belga.
Es importante notificar que determinados productos no tienen las mismas ventajas fiscales en todos los países. Es esencial verificar los tipos de IVA en el país de destino e identificar si el producto en cuestión aplica un tipo reducido o normal. El régimen no se aplica a las entregas :