Tal como dijimos a principios de 2018, la facturación electrónica va a ser obligatoria en Italia.
En efecto, a partir del 1 de enero de 2019, las facturas electrónicas serán obligatorias para todas las transacciones de empresa a empresa y de empresa al consumidor que tengan lugar en territorio italiano y necesiten la emisión de una factura o nota de crédito.
¿Quién se verá afectado por la facturación electrónica en Italia?
La Administración italiana ha aclarado que las empresas con sede fuera de Italia (y que solo tengan un número de IVA intracomunitario italiano) no estarán obligadas a emitir facturas electrónicas.
1. En el caso de una venta local entre dos empresas con sede en Italia y sujetas al IVA italiano, el proveedor estará obligado a emitir facturas electrónicas.
2. En el caso de una venta local entre un proveedor con sede en Italia y un cliente italiano no residente en ese país, el proveedor estará obligado a emitir una factura electrónica, pero también debe proporcionar una factura en papel si su cliente así se lo pide.
3. En el caso de una venta local sujeta al IVA italiano entre un proveedor no residente y un cliente residente en Italia, el proveedor puede decidir si emitir una factura en papel o electrónica.
4. En el caso de una venta local sujeta al IVA italiano entre un proveedor y un cliente no residentes en Italia, el proveedor también puede elegir si emitir una factura en papel o electrónica.
Riesgos y sanciones
Las empresas afectadas por la facturación electrónica en Italia deben utilizar la plataforma SDI (Sistema d’interscambio), en la cual se realizarán todas las comprobaciones necesarias antes de enviar la factura al destinatario final.
Por otra parte, si las facturas no se envían a través de esta plataforma, quedarán expuestas a sanciones de hasta el 180% del IVA adeudado.
Si lo desea, puede ponerse en contacto directamente con nuestros expertos para que analicen su caso y le ayuden a implementar estos cambios de la mejor manera posible.