Tras varios aplazamientos sucesivos, Bélgica confirma finalmente la fecha de entrada en vigor de la reforma de la cadena del IVA el 1 de mayo de 20261.

Anunciada inicialmente por la ley de 12 de marzo de 2023, esta reforma ya había sido aplazada en varias ocasiones debido a restricciones técnicas y operativas.

Prevista en un primer momento el 1 de enero de 2025, la reforma se acompañó de un período transitorio, que a su vez se prolongó en varias ocasiones.

⚠️ Importante
El 4 de marzo de 2026, la Administración Federal belga hizo oficial la entrada en vigor efectiva de todas las nuevas medidas a partir del 1 de mayo de 2026.

La cuenta de provisión de IVA sustituye a la cuenta corriente de IVA

La reforma introduce un cambio importante: la supresión de la cuenta corriente de IVA en favor de una cuenta de provisión de IVA.

Los saldos se transferirán a esta nueva cuenta siempre que se hayan presentado todas las declaraciones periódicas antes del 30 de abril de 2026. En caso contrario, se concederá un plazo de regularización. En caso de incumplimiento, la administración podrá reembolsar el crédito o imputarlo a una deuda fiscal existente.

A partir del 1 de mayo de 2026, la solicitud de reembolso a través de la declaración periódica solo afectará al crédito del período (casilla 72). Para recuperar un saldo de la cuenta de provisión de IVA, se deberá realizar una solicitud separada a través de MyMinfin.

Nuevos números de cuenta bancaria de IVA

A partir del 1 de mayo de 2026, los pagos de IVA deberán realizarse en nuevas cuentas:

Tipo de pagoNúmero de cuentaDescripción
IVA debido, intereses, multas (excepto título ejecutivo)BE41 6792 0036 4210Pagos corrientes relacionados con las declaraciones de IVA
Pago tras título ejecutivoBE42 6792 0000 0054Recaudación tras decisión oficial
⚠️ Importante
En principio, estas nuevas normas se aplicarán a las declaraciones del IVA correspondientes al periodo de abril de 2026.

Calendario de IVA 2026: principales cambios

El calendario de IVA 2026 introduce varias modificaciones importantes.

1. Supresión del régimen de “vacaciones fiscales”

Se suprime el dispositivo que permitía aplazar los plazos de presentación de ciertas declaraciones.

2. Plazos de presentación en 2026

DeclaraciónFecha límite normalAplazamiento fin de semana/día festivoObservaciones
IVA 1er trimestre 202625 de abril de 202627 de abril de 2026Aplazamiento mantenido
IVA 2º trimestre 202625 de julio de 2026❌ No aplicableSin aplazamiento al lunes
Declaraciones mensualessegún calendario✔ SíAplazamiento mantenido
⚠️ Atención
El aplazamiento ya no se aplica a las declaraciones trimestrales, salvo en el caso del primer trimestre de 2026.

3. Listas intracomunitarias

PeriodicidadFecha límiteAplazamiento fin de semanaParticularidad
Mensualsegún calendario✔ SíAplazamiento al siguiente día laborable
Trimestral25 de abril de 2026 (T1)❌ NoSin aplazamiento, a diferencia del IVA

Aparece una incoherencia notable para el primer trimestre de 2026: la declaración de IVA se beneficia de un aplazamiento hasta el 27 de abril, mientras que la lista intracomunitaria sigue debiéndose el 25 de abril de 2026.

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  1. vat-consult.be (en inglés) ↩︎

Noémie Almot
Community Manager y Redactora

Noémie es redactora especializada en ASD Group. Crea y gestiona artículos de blog, así como noticias en nuestros sitios web, centrándose en el IVA, los impuestos internacionales, las operaciones aduaneras, la normativa laboral y el comercio internacional. Con su estilo claro y didáctico, convierte temas complejos y técnicos en contenidos fácilmente comprensibles y relevantes para las empresas.