Tras varios aplazamientos sucesivos, Bélgica confirma finalmente la fecha de entrada en vigor de la reforma de la cadena del IVA el 1 de mayo de 20261.
Anunciada inicialmente por la ley de 12 de marzo de 2023, esta reforma ya había sido aplazada en varias ocasiones debido a restricciones técnicas y operativas.
Prevista en un primer momento el 1 de enero de 2025, la reforma se acompañó de un período transitorio, que a su vez se prolongó en varias ocasiones.
La cuenta de provisión de IVA sustituye a la cuenta corriente de IVA
La reforma introduce un cambio importante: la supresión de la cuenta corriente de IVA en favor de una cuenta de provisión de IVA.
Los saldos se transferirán a esta nueva cuenta siempre que se hayan presentado todas las declaraciones periódicas antes del 30 de abril de 2026. En caso contrario, se concederá un plazo de regularización. En caso de incumplimiento, la administración podrá reembolsar el crédito o imputarlo a una deuda fiscal existente.
A partir del 1 de mayo de 2026, la solicitud de reembolso a través de la declaración periódica solo afectará al crédito del período (casilla 72). Para recuperar un saldo de la cuenta de provisión de IVA, se deberá realizar una solicitud separada a través de MyMinfin.
Nuevos números de cuenta bancaria de IVA
A partir del 1 de mayo de 2026, los pagos de IVA deberán realizarse en nuevas cuentas:
| Tipo de pago | Número de cuenta | Descripción |
|---|---|---|
| IVA debido, intereses, multas (excepto título ejecutivo) | BE41 6792 0036 4210 | Pagos corrientes relacionados con las declaraciones de IVA |
| Pago tras título ejecutivo | BE42 6792 0000 0054 | Recaudación tras decisión oficial |
Calendario de IVA 2026: principales cambios
El calendario de IVA 2026 introduce varias modificaciones importantes.
1. Supresión del régimen de “vacaciones fiscales”
Se suprime el dispositivo que permitía aplazar los plazos de presentación de ciertas declaraciones.
2. Plazos de presentación en 2026
| Declaración | Fecha límite normal | Aplazamiento fin de semana/día festivo | Observaciones |
|---|---|---|---|
| IVA 1er trimestre 2026 | 25 de abril de 2026 | 27 de abril de 2026 | Aplazamiento mantenido |
| IVA 2º trimestre 2026 | 25 de julio de 2026 | ❌ No aplicable | Sin aplazamiento al lunes |
| Declaraciones mensuales | según calendario | ✔ Sí | Aplazamiento mantenido |
3. Listas intracomunitarias
| Periodicidad | Fecha límite | Aplazamiento fin de semana | Particularidad |
|---|---|---|---|
| Mensual | según calendario | ✔ Sí | Aplazamiento al siguiente día laborable |
| Trimestral | 25 de abril de 2026 (T1) | ❌ No | Sin aplazamiento, a diferencia del IVA |
Aparece una incoherencia notable para el primer trimestre de 2026: la declaración de IVA se beneficia de un aplazamiento hasta el 27 de abril, mientras que la lista intracomunitaria sigue debiéndose el 25 de abril de 2026.
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- vat-consult.be (en inglés) ↩︎

Noémie Almot
Community Manager y Redactora
Noémie es redactora especializada en ASD Group. Crea y gestiona artículos de blog, así como noticias en nuestros sitios web, centrándose en el IVA, los impuestos internacionales, las operaciones aduaneras, la normativa laboral y el comercio internacional. Con su estilo claro y didáctico, convierte temas complejos y técnicos en contenidos fácilmente comprensibles y relevantes para las empresas.


