Desde el 1 de enero de 2022, el mecanismo de la autoliquidación del IVA de importación se ha generalizado y se aplica con carácter obligatorio. El principal efecto de este cambio es la obligación de que el importador sujeto pasivo esté identificado a efectos de IVA en Francia. Sin embargo, y con el fin de permitir que las empresas cumplan y no tengan sus mercancías bloqueadas en la aduana francesa, las administraciones aduaneras y fiscales han establecido un período transitorio hasta el 30 de junio de 2022. En este contexto, y para poder beneficiarse de este período transitorio, si la empresa está establecida fuera de la Unión Europea, deberá:
- Designar un representante fiscal acreditado en Francia antes del 1 de marzo de 2022;
- y solicitar el registro de IVA en Francia antes del 1 de marzo de 2022.
Las empresas con sede fuera de la Unión Europea y que no cumplan estas dos condiciones no podrán beneficiarse del período transitorio y verán bloqueadas todas sus operaciones de importación en Francia.
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Fuente: ec.europa.eu (pdf en inglés)