En consonancia con la reforma del comercio electrónico que entró en vigor el 1 de julio de 2021, la Comisión Europea ha presentado recientemente su nueva estrategia a corto plazo, cuyo objetivo es:
- Reducir los costes financieros de cumplimiento normativo para las empresas extranjeras.
- Reducir las situaciones en las que las empresas extranjeras deban identificarse a efectos del IVA.
- Reforzar los medios de lucha contra el fraude en materia de IVA.
Estos objetivos se materializan a través de las diferentes directrices:
- Uso de la ventanilla única (OSS) para todas las entregas de bienes y servicios B2C de proveedores no establecidos en la Unión Europea.
- Uso de la OSS para declarar todas las transacciones intracomunitarias (adquisiciones y entregas intracomunitarias), lo que limita las situaciones de registro a efectos del IVA de las empresas cuando realizan traslados intracomunitarios.
- Uso de la OSS para declarar todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios B2B manteniendo el mecanismo actual de devolución del IVA soportado deducible fuera del Estado miembro de establecimiento del sujeto pasivo.
- Uso de la OSS para declarar todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios B2B introduciendo un mecanismo de deducción en la OSS.
- Posibilidad de beneficiarse del mecanismo de autoliquidación para todas las entregas interempresariales realizadas por los proveedores no establecidos en la Unión Europea.
- Uso de las ventanillas únicas de importación (IOSS) para todas las ventas a distancia de bienes importados, independientemente de su valor, eliminando el umbral de 150 €.
- Hacer las IOSS obligatorias para todas las ventas a distancia de bienes importados.
- Hacer las IOSS obligatorias solo para los sitios web (por ejemplo, Amazon).
Se ha abierto una fase de consulta hasta el 15 de abril de 2022.
Fuente: Comisión Europea